# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,674

Clave: 218
Artículo: 1,674
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,674
.- Cuidará de que el sistema de señales de día y de noche se practique con uniformidad, y con la frecuencia precisa al conocimiento de elementos tan importantes, dando cuenta al Comandante en Jefe de cualquiera falta que note.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,674.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
