# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,678

Clave: 218
Artículo: 1,678
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,678
.- Los Oficiales agregados a los Estados Mayores desempeñarán los cargos de Ayudantes de los Comandantes de Escuadra, División o Grupo, cuando fueren nombrados para ello; pero para el de Secretario del Comandante en Jefe, se elegirá entre los Oficiales del Cuerpo General, al de más acreditada competencia para tan delicado cargo, cuyo nombramiento hará el Secretario del ramo, a propuesta del citado Jefe.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,678.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
