# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,721

Clave: 218
Artículo: 1,721
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,721
.- La palabra de seña y contraseña para sus dependencias en el puerto, corresponderá darla al Comandante Militar de la Plaza o Jefe de Armas, señalando el Comandante General del Departamento la hora en que deban concurrir los Ayudantes de los buques y dependencias a recibirla del Mayor de Ordenes del Departamento.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,721.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
