# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,723

Clave: 218
Artículo: 1,723
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,723
.- Si llegare a trastornarse el orden público contra la Federación, se pondrá a disposición del Jefe Militar superior que mande la plaza, para obrar como corresponda en las disposiciones que se dicten; y si fuere de mayor categoría, dirigirá las operaciones.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,723.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
