# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,728

Clave: 218
Artículo: 1,728
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,728
.- Concederá los permisos que le sean solicitados para que los Jefes y Oficiales residentes en territorio de su mando, puedan expedir certificados a los individuos que hubiesen estado a sus órdenes.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,728.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
