# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,784

Clave: 218
Artículo: 1,784
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,784
.- Si hubiere motivos o temores fundados de que los prisioneros de guerra pudieran intentar un golpe de mano que provoque un motín a bordo, los Comandantes quedarán facultados para prevenir este caso, asegurándolos y castigándolos debidamente, según las circunstancias.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,784.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
