# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,820

Clave: 218
Artículo: 1,820
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,820
.- Cuando un buque neutral se presente ante el puerto bloqueado o intente romper la línea arrostrando el fuego de los bloqueadores, se entenderá que los disparos equivalen a la notificación oficial y podrá ser apresado.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,820.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
