# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,857

Clave: 218
Artículo: 1,857
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,857
.- Como todo convoy tiene por objeto conducir dentro de una zona de operaciones, dinero, víveres, material, armamento, municiones, equipo, vestuario, enfermos, prisioneros, etc., el Jefe de él recibirá por escrito las instrucciones respectivas sobre la situación y fuerzas del enemigo, importancia de los buques que se le confíen y demás reglas generales a que deba ajustar su conducta.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,857.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
