# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,859

Clave: 218
Artículo: 1,859
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,859
.- En puertos nacionales y extranjeros, todo buque de guerra mexicano se someterá estrictamente a los Reglamentos de Cuarentena vigentes en los mismos.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,859.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
