# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1290

Clave: 218
Artículo: 1290
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1290
.- Cuando los Oficiales Generales del Ejército o Armada, o personas de alta jerarquía conocidas, pasen a bordo de un buque de guerra nacional, o salgan de él, además de los honores militares que les corresponden por su rango, se mandarán colocar en la meseta inferior de la escala de estribor, si sus dimensiones lo permiten, dos marineros de guardia, llamados guardamancebos, encargados de recibir la boza de los botes que atraquen y de dar el guardamancebo. En la noche, si no hubiere alumbrado eléctrico en la escala, estarán provistos de faroles de mano.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1290.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
