# Ordenanza General De La Armada - Artículo 130

Clave: 218
Artículo: 130
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 130
.- Para premiar grandes inventos, a los autores de obras de reconocido mérito sobre asuntos relacionados con la profesión de marina o eminentes servicios en la Armada, que no acrediten mérito de guerra, se concederán cruces de la denominación, forma y materia que las expresadas en el artículo
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, diferenciándose solamente en la cinta y el esmalte de la estrella, que serán blancos.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 130.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
