# Ordenanza General De La Armada - Artículo 152

Clave: 218
Artículo: 152
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 152
.- Asistirá convenientemente aseado a la revista que se le pase en las horas asignadas por Reglamento, y cuando en ella u otra facción del servicio tuviere que presentarse con armas, las reconocerá y limpiará antes de la formación, así como las municiones.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 152.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
