# Ordenanza General De La Armada - Artículo 187

Clave: 218
Artículo: 187
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 187
.- Todo centinela hará respetar su persona y obedecer la consigna que tuviere. Si alguien intentase atropellarlo o desobedecerlo, le prevendrá que se contenga y llamará desde luego al Cabo de cuarto; repetirá la intimación hasta tres veces y si a pesar de ello no fuere obedecido y no acudiere a su llamado el Cabo de cuarto u otro superior de la guardia, hará uso de su arma.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 187.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
