# Ordenanza General De La Armada - Artículo 191

Clave: 218
Artículo: 191
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 191
.- Todo centinela que vea aproximarse algún bote avisará al Cabo para que éste lo comunique al Oficial de guardia, a fin de que si es de guerra se le reciba como corresponde; si es de tráfico se le permita o no atracar, y se deje o no que pasen las personas que en él se encuentren.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 191.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
