# Ordenanza General De La Armada - Artículo 216

Clave: 218
Artículo: 216
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 216
.- Los que fueren destinados al servicio de las bandas, tendrán a su cuidado el zafarrancho de coys, procurando que estén bien aferrados y con la numeración hacia la parte del interior del buque; cuidarán asimismo que las culebras y matafiones de los toldos no se encuentren colgando, lo mismo que las tapas de las randas de las mangueras.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 216.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
