# Ordenanza General De La Armada - Artículo 245

Clave: 218
Artículo: 245
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 245
.- Los Condestables, en su ramo, así como en lo militar, tendrán iguales consideraciones y mando que los Contramaestres de sus mismas clases.
Además de las obligaciones que en este Título se les asigna, las que deben cumplir con todo empeño y actividad, deberán conocer las de los Cabos y Marineros explicadas en esta Ordenanza, para enseñarlas, hacerlas cumplir y observarlas en la parte que les corresponde.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 245.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
