# Ordenanza General De La Armada - Artículo 251

Clave: 218
Artículo: 251
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 251
.- El Primer Condestable, el de mayor categoría, o el más antiguo en caso de igualdad de ésta, en un buque o dependencia, será designado con el título de Condestable de cargo. Como auxiliar del Oficial de artillería, tendrá a su cuidado el armamento general y el portátil, juegos de armas y cuanto corresponde a los pertrechos y municiones de guerra, quedando bajo su responsabilidad directa la administración de los artículos de consumo que se provea para el servicio de artillería.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 251.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
