# Ordenanza General De La Armada - Artículo 255

Clave: 218
Artículo: 255
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 255
.- Será de su obligación dar la instrucción de artillería y armas a la tripulación de su buque, y ayudará al Oficial de artillería en las academias que éste dará, cuando menos dos veces por semana, a los Cabos de cañón y artilleros, a fin de que no olviden lo que hayan aprendido y conozcan bien sus deberes.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 255.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
