# Ordenanza General De La Armada - Artículo 267

Clave: 218
Artículo: 267
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 267
.- Estarán a su especial cuidado las espoletas, estopines, cohetes y demás artificios de guerra, y celará que la humedad no les cause demérito, inspeccionándolos cuidadosamente con frecuencia. Rotulará y numerará las cajas que contengan espoletas o estopines, expresando la clase de lo que haya en ellas, y el calibre a que correspondan, lo mismo hará con los cohetes, mechas, etc., etc.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 267.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
