# Ordenanza General De La Armada - Artículo 273

Clave: 218
Artículo: 273
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 273
.- En el aseo y conservación del correaje y armas portátiles tendrá especial cuidado, haciendo que los Condestables subalternos y Cabos de cañón no disimulen descuido alguno en el armamento que corresponda a cada marinero; vigilará que todas las armas estén numeradas en la forma reglamentaria, que los cartuchos de fusil y pistola no se inutilicen y que haya el número completo de dotación para los calibres de las armas, con la debida separación y buen arreglo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 273.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
