# Ordenanza General De La Armada - Artículo 296

Clave: 218
Artículo: 296
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 296
.- Los Condestables subalternos serán los instructores directos de sus secciones, y en los ejercicios doctrinales cuidarán de que esa instrucción y práctica se hagan de completo acuerdo con las prevenciones reglamentarias, sin hacer modificación alguna por sencilla que parezca.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 296.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
