# Ordenanza General De La Armada - Artículo 2o

Clave: 218
Artículo: 2o
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 2o
.- La Armada Nacional comprende, tanto las fuerzas permanentes como las auxiliares, en su caso, y será regida por la presente Ordenanza. Además de sus prevenciones se observarán las de la Ordenanza General del Ejército, en lo conducente.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 2o.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
