# Ordenanza General De La Armada - Artículo 300

Clave: 218
Artículo: 300
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 300
.- Los Contramaestres son, de las clases, en igualdad de categorías, los que tienen preferencia en el mando y mayor responsabilidad, y los que por su comisión y funciones deben vigilar directamente a los Cabos y Marineros, haciéndoles ejecutar todas las órdenes que dicten sus superiores.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 300.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
