# Ordenanza General De La Armada - Artículo 301

Clave: 218
Artículo: 301
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 301
.- Además de las obligaciones generales que previene el presente Título, las que cumplirán con todo celo y actividad, deberán conocer las de los Cabos y Marineros explicadas en esta Ordenanza, para enseñarlas, hacerlas cumplir y observarlas en la parte que les corresponde.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 301.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
