# Ordenanza General De La Armada - Artículo 328

Clave: 218
Artículo: 328
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 328
.- Distribuirá el personal designado para los trabajos de su incumbencia, de acuerdo con las órdenes que reciba del Jefe del Detalle u Oficial de guardia; y en las maniobras que personalmente manden el Comandante o Segundo, estará a sus inmediatas órdenes y las transmitirá con pitadas a los Contramaestres subalternos y demás gente empleada en las referidas maniobras.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 328.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
