# Ordenanza General De La Armada - Artículo 331

Clave: 218
Artículo: 331
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 331
.- Entregará a los patrones de bote, en presencia del Contramaestre encargado de las embarcaciones menores, todo lo correspondiente a su palamenta, velamen, etc., cuidando que se les den las instrucciones necesarias para su buena conservación, y se les haga comprender que una embarcación menor bien arreglada, indica, al exterior, el buen orden de un buque.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 331.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
