# Ordenanza General De La Armada - Artículo 364

Clave: 218
Artículo: 364
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 364
.- Será responsable del arreglo de las embarcaciones y de su seguridad cuando estén amarradas a los tangones, a popa o al costado, y vigilará que la gente de guardia en ellas se mantenga como es debido.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 364.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
