# Ordenanza General De La Armada - Artículo 374

Clave: 218
Artículo: 374
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 374
.- La víspera del día que corresponda lavado, después de la puesta del sol, preparará las parrillas y largueros para ropa, coys, maletas, etc., según lo ordene el Reglamento interior; y durante la noche, con el personal de servicio, hará llenar las tinas de agua dulce que deberá repartirse a la tripulación. Cuidará del baño de ésta y de que en el baldeo se laven los toldos, velas y fundas de los botes, rueda del timón, lumbreras, escotillas, etc.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 374.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
