# Ordenanza General De La Armada - Artículo 399

Clave: 218
Artículo: 399
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 399
.- Cuando embarquen tripulantes procedentes de otro buque o dependencia, les pasarán revista de ropa y útiles de aseo para comprobar si lo que tienen está de acuerdo con sus libretas; les entregarán cintas de gorra con el nombre del buque, y una vez que reciban del Detall su tarjetón de puestos y destinos, los incorporarán a su brigada respectiva, dando parte al Oficial de ella.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 399.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
