# Ordenanza General De La Armada - Artículo 422

Clave: 218
Artículo: 422
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 422
.- Ejecutará los trabajos de herrería que se hagan en el buque con el personal de fogoneros o ayudantes que se le proporcione, y siempre que deba trabajar en la fragua o caldear piezas fuera del local destinado al efecto, tendrá especial cuidado de evitar que las llamas o chispas produzcan principios de incendio, y hará que se ponga una plancha debajo de la fragua para no deteriorar la cubierta.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 422.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
