# Ordenanza General De La Armada - Artículo 429

Clave: 218
Artículo: 429
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 429
.- Cuidará de que las armas de fuego se conserven siempre en buen estado de servicio y hará los trabajos de reparación que sean necesarios en ellas, cuando puedan efectuarse con los elementos de a bordo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 429.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
