# Ordenanza General De La Armada - Artículo 460

Clave: 218
Artículo: 460
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 460
.- Presenciará el reparto de las raciones para marinería, de conformidad con el número de plazas de que se compongan los ranchos, siendo de su exclusiva responsabilidad dar cuenta de las faltas que se notaren acerca de la calidad y cantidad de las raciones suministradas.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 460.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
