# Ordenanza General De La Armada - Artículo 464

Clave: 218
Artículo: 464
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 464
.- Tendrá el mando inmediato de la servidumbre, a la que dirigirá en sus respectivas faenas y deberes, y será de su obligación inspeccionar el vestuario de cada uno de los individuos que la componen, procurando su aseo personal, especialmente de los cocineros y ayudantes de cocina.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 464.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
