# Ordenanza General De La Armada - Artículo 472

Clave: 218
Artículo: 472
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 472
.- El primer deber de todo Aspirante de primera será acreditar el mayor número posible de conocimientos profesionales, y observar una conducta moral, mostrar carácter varonil y extrema subordinación en todos los actos del servicio. Siempre tendrán presente que la disciplina militar es lo que más les recomendará en la carrera abnegada y honrosa de marina.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 472.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
