# Ordenanza General De La Armada - Artículo 496

Clave: 218
Artículo: 496
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 496
.- Todos los Oficiales deberán llevar por sí un diario particular de navegación, conforme al modelo extractado del cuaderno de bitácora y aprobado por la Secretaría de Guerra y Marina, con todos los cálculos que hubieren trabajado de sus observaciones, a fin de estar bien enterados de la derrota.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 496.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
