# Ordenanza General De La Armada - Artículo 553

Clave: 218
Artículo: 553
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 553
.- Fijará perfectamente su atención en la variación y perturbación de la aguja y en el estado absoluto y movimiento diario de los cronómetros, que observará muy a menudo, por ser el único medio de obtener situaciones con la exactitud necesaria para la seguridad de la navegación.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 553.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
