# Ordenanza General De La Armada - Artículo 598

Clave: 218
Artículo: 598
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 598
.- Toda orden relativa al manejo y servicio militar o marinero del buque, será dada por su conducto a los Oficiales y tripulación, por lo cual será el directo responsable al Comandante de la oportuna y debida ejecución de ella.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 598.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
