# Ordenanza General De La Armada - Artículo 629

Clave: 218
Artículo: 629
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 629
.- Cuidará que se remedien provisionalmente las averías que sufriere el casco, arboladura, velamen, artillería y máquina del buque, por si fuere necesario entrar de nuevo en acción.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 629.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
