# Ordenanza General De La Armada - Artículo 647

Clave: 218
Artículo: 647
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 647
.- Sin ejercer autoridad sobre el personal del Arsenal encargado del trabajo del buque de su mando, ni dirección en las obras y equipo, cuidará minuciosamente de que todas ellas se hagan conforme a los planos y pliegos de especificaciones, que se empleen buenos materiales de construcción y que los pertrechos sean de acuerdo con lo reglamentado, debiendo representar en caso contrario.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 647.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
