# Ordenanza General De La Armada - Artículo 672

Clave: 218
Artículo: 672
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 672
.- No consentirá que se hagan alteraciones en el Reglamento de Uniformes, ni que vistan los Oficiales y tripulación en otra forma que la preceptuada.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 672.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
