# Ordenanza General De La Armada - Artículo 690

Clave: 218
Artículo: 690
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 690
.- Será de su deber cumplir y hacer que sus subordinados cumplan con todo lo que mandan los Reglamentos de la Armada y de la Marina Mercante Nacional.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 690.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
