# Ordenanza General De La Armada - Artículo 736

Clave: 218
Artículo: 736
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 736
.- Antes de zarpar, hará que los Oficiales de cargo le den, por conducto del Jefe del Detall, parte escrito de que sus departamentos respectivos están provistos de todos los efectos necesarios conforme al pliego de cargo general. En caso de que haya deficiencias, pondrá el remedio, si fuere posible, y dará parte a la Secretaría del ramo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 736.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
