# Ordenanza General De La Armada - Artículo 751

Clave: 218
Artículo: 751
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 751
.- Navegando en Escuadra, no hará señal a buque de la misma, a no ser para repetir la del insignia y en los casos que más adelante se detallan, o con permiso del Comandante en Jefe.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 751.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
