# Ordenanza General De La Armada - Artículo 792

Clave: 218
Artículo: 792
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 792
.- Luego que el Comandante esté satisfecho de que los documentos periódicos presentados por el Jefe del Detall, están exactos y en debida forma, los autorizará con su visto bueno y los remitirá por duplicado a quien corresponda, dejando un ejemplar en el archivo del buque.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 792.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
