# Ordenanza General De La Armada - Artículo 798

Clave: 218
Artículo: 798
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 798
.- Tomará la denominación de Médico Subinspector de Escuadra o Departamento, el Jefe de Sanidad Naval encargado del servicio sanitario de los buques que hubiere en él, y tendrá a sus órdenes a los Médicos, Farmacéuticos y Enfermeros embarcados o que se hallen comprendidos en la jurisdicción del Departamento.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 798.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
