# Ordenanza General De La Armada - Artículo 803

Clave: 218
Artículo: 803
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 803
.- Pasará al Jefe del Estado Mayor las noticias que le suministren los Médicos embarcados, así como los pedidos de repuestos o pérdidas de las medicinas y útiles a su cargo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 803.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
