# Ordenanza General De La Armada - Artículo 811

Clave: 218
Artículo: 811
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 811
.- Todo Médico que sea destinado a un buque y reciba la orden respectiva de embarque, se presentará desde luego al Jefe superior de quien dependa, para que sea dado a reconocer y tome posesión de su empleo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 811.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
