# Ordenanza General De La Armada - Artículo 865

Clave: 218
Artículo: 865
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 865
.- Para comisiones del servicio que tengan que desempeñar sus subalternos a bordo o en tierra, llevará el correspondiente turno, comenzando por los más modernos.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 865.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
