# Ordenanza General De La Armada - Artículo 870

Clave: 218
Artículo: 870
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 870
.- Manifestará respetuosamente al Segundo Comandante y Oficial de guardia, todo aquello que se ordene o se haga en daño de la máquina o de sus dependencias; pero siempre obedecerá las órdenes emanadas de ellos.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 870.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
