# Ordenanza General De La Armada - Artículo 872

Clave: 218
Artículo: 872
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 872
.- Cuidará que los espacios que quedan a proa y costados de las calderas, se mantengan siempre despejados, a fin de que se pueda embetunarlas y se conserven en perfecto aseo y buen estado sus forros. Cuidará asimismo de que la limpieza interior de dichas calderas se haga de la manera más perfecta posible, vigilando personalmente que las incrustaciones y grasas que se hayan aglomerado, se quiten de dichas calderas y con especialidad de los cielos de los hornos y partes atacadas más directamente por el calor.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 872.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
